viernes, diciembre 13, 2024
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CIDH en Colombia, ¿qué pitos toca?

Publicado:

Por: Sandra Guerrero

@SamiGuevlez

Fueron múltiples las violaciones y faltas graves de integrantes de la fuerza pública colombiana citadas en el informe que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, expuso esta  semana.

¿Pero qué es la CIDH?

Comencemos por el principio y así poder entender porqué gente de afuera nos bien a vigilar y decirnos  si hacemos bien o mal la tarea.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, es el órgano principal y autónomo de la Organización  de los Estados Americanos, OEA, encargado de la promoción  y protección de los derechos humanos, DD.HH, en el continente. 

A su vez “la Organización de Estados Americanos, OEA, es la asociación de naciones más antigua del mundo, ya que su origen se remonta a la primera Conferencia Internacional Americana, celebrada Washington, D.C  el 14 de abril de 1890 en washinton. D.C.

Ver  link: https://www.oas.org/dsd/publications/unit/oea72s/ch26.htm

Colombia hace parte de este organismo desde 1948, y por ser carácter constitutivo vinculante para las naciones firmantes se debe acatar y cumplir los designios de este, en la actualidad la OEA agrupa a 35 estados independientes de las Américas y constituye el principal foro gubernamental político, jurídico y social del Hemisferio.

Pese a que la CIDH desarrolló varias sesiones de trabajo conjunto con el gobierno nacional en cabeza de Minjusticia, Mindefensa y la Cancillería misma, parece que los jefes de gabinete de estas carteras por un odio les entró y por otro les salió lo pronunciado en aquellas secciones de trabajo, la cuales buscaban la articulación interinstitucional, verificación y contraste de información recibida por el órgano internacional.

En una rueda de prensa virtual que duró poco más de 1 hora, la chilena Antonia Orrejola Noguera, presidenta de la CIDH, presentó el informe resultado de la visita desarrollada por la comisión con motivo de las protestas suscitadas en el país a partir del 28 de abril, la cual según cifras oficiales ha cobrado la vida de 47 personas y más de 1106 civiles y 1253 policías resultaron lesionados.

Ver rueda de prensa -> https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2021/167.asp#prettyPhoto/1/

El informe relata la visita de trabajo realizada por personal del CIDH entre el 8 y 10 de junio a Bogotá, Calí, Tuluá, Buga y Popayán, la cual tuvo como objetivo verificar la situación de Derechos Humanos en el contexto de las protestas sociales, (visita  la cual valga la pena recordar se negó en una primera instancia el gobierno) allí la comisión sostuvo reuniones con  autoridades de las distintas ramas del poder público y organismo de control a nivel nacional, departamental distrital y municipal.

También se reunieron con víctimas de violaciones de derechos humanos, defensores, organizaciones de mujeres, afrodescendientes, indígenas, periodistas, representantes de movimientos sociales, gremios empresariales y agentes de la fuerza  pública, recibió al menos 302 testimonios de manera  individual y colectiva lo que significó escuchar a más de 500 personas.

Resultados:

  1. 84 Personas tuvieron lesiones oculares por acciones directas de agentes del estado.
  1. La CIDH recibió graves denuncias de personas que no participaban en las protestas sociales y que pese ello fueron heridas con armas de fuego.
  1. Uso desproporcionado de la fuerza por parte de agentes del estado
  1. 113 hechos de violencia basada en género y orientación sexual, ejecutado por la fuerza pública, salvo un caso que fue perpetrado por un civil, de estos casos 99 fueron contra mujeres y 3 contra personas lgtbi.
  1. Violencia sexual, un caso reportado contra una mujer  policia  y otra contra una periodista.
  1. Violencia con base en la descriminaicón etnio/ racial
  1. Violencia contra periodistas y misiones médicas
  1. Irregularidades en los traslados por protección
  1. Denuncia de desaparición
  1. Uso de asistencia militar de manera inadecuada
  1. Aplicación de facultades disciplinarias en contra de electas para cargos públicos, así como la utilización de la jurisdicción penal militar.
  1. Se destaca la violación al derecho a la vida y la protesta social.
  1. Contención de las protestas caracterizado por el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza (en muchos casos la actuación incluyó la fuerza letal)
  1. En cuanto al derecho a la libertad, organizaciones sociales denunciaron la detención ilegal de 3274 personas en el marco de las protestas.
  1. Alto número de denuncias sobre la desaparición de personas de acuerdo a informe recibido de la Defensoría del Pueblo recibió 783 reportes de personas no ubicadas.
  1. A 15 de junio se mantenía vigente el mecanismo de búsqueda urgente por 84 personas reportadas como desaparecidas.
  1.  Se realizaron más de 7020 detenciones de personas a través de la figura jurídica denominada Traslado por Protección.
  1. La CIDH recibio dencuncias de tortura y detención iligal bajo la figura Traslado por Protección.

La CIDH conminó al Gobierno Nacional y sus instituciones para promover, garantizar y actuar en el marco de Derechos Humanos y de esta manera se garantice la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de toda la población, así mismo generó una serie de recomendaciones, que a juicio de algunos expertos son vinculantes para el Estado Colombiano.

Recomendaciones:  

1. Promover el estándar interamericano según el cual los funcionarios públicos tienen el deber de abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen o inciten a la violencia contra las personas que participan de las manifestaciones y protestas.

2. Elaborar y aprobar una ley estatutaria que regule los alcances y limitaciones del derecho a la protesta en Colombia, de acuerdo con lo dictado por la Corte Suprema y en conformidad a los estándares internacionales en la materia.

3. Ejecutar, en el marco de las protestas y manifestaciones, los operativos de seguridad con estricto apego a los protocolos del uso legítimo de la fuerza y en cumplimiento a los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad establecidos en los estándares internacionales.

4. Asegurar que las fuerzas de seguridad que intervengan para proteger y controlar el desarrollo de las manifestaciones y protestas tengan como prioridad la defensa de la vida y la integridad de las personas, absteniéndose de detener arbitrariamente a manifestantes o de violar sus derechos en cualquier otra forma, de acuerdo con los protocolos vigentes.

5. Implementar, de manera inmediata, mecanismos para prohibir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso en las manifestaciones públicas.

6. Reforzar y reestructurar los procesos de formación, entrenamiento y capacitación de las personas integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado, incluyendo un enfoque étnico-racial y de género.

7. En ámbitos de formación, usar protocolos de actuación y creación de mecanismos de rendición de cuentas, que promuevan que el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) cumpla funciones de garantía del orden público y el ejercicio del derecho a la protesta.

8. Separar a la Policía Nacional y su Esmad del Ministerio de Defensa, a fin de garantizar una estructura que consolide y preserve la seguridad y evite toda posibilidad de perspectivas militares.

9. Adoptar las medidas necesarias para asegurar la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad del Estado, por medio de la investigación, de forma imparcial, exhaustiva y expedita de las denuncias de violación de derechos humanos. Lo mismo que juzgar y sancionar a los responsables y reparar a las víctimas y sus familiares.

10. Sistematizar los datos sobre personas fallecidas, heridas, detenidas, desaparecidas y víctimas de violencia de género como consecuencia de las protestas sociales de manera transparente, actualizada, clara, concisa y articulada con la información brindada por la sociedad civil.

Ya que quedó claro de dónde viene y para dónde va la CIDH, es menester entender los efectos colaterales que tendría para Colombia no acatar las observaciones y recomendaciones brindadas por este órgano rector en materia jurídica desde la línea de los DD.HH.

Efectos colaterales

  1. Pérdida de credibilidad en el ámbito internacional en materia de DD. HH
  2. Sanción de organismos multilaterales de los cuales Colombia sea firmante
  3. Reducción de asignación de recursos al país, por parte de la OEA para el desarrollo de proyectos y políticas públicas apoyadas por este organismo.
  4. Deslegitimación de entidades nacionales vendedoras, promotoras y defensoras de DD. HH como Defensoría del Pueblo, Personerías Municipales y Secretarías de Gobierno.

Por  último pero no menos importante hay que mencionar la propuesta de la CIDH de  crear un comité  permanente para el seguimiento al control y vigilancia del cumplimento de los derechos humanos en el país, la cual fue de facto fue rechazada por el presidente Ivan Duqe al asegurar que las recomendaciones no son de carácter  vinculante  y  que las relaciones internacionales son  manejadas por el gobierno nacional y no local, sacando de taquito  el apoyo que Claudia  López había dado a la propuesta realizada por la CIDH.

Cancillería por su parte hizo lo propio y negó de tajo el pliego de recomendaciones presentes en el informe. Así las cosas, Colombia es visto como el hermano mayor que le hace bullying al hermano menor, pero cuando la mamá llega a poner orden dice que él ya está grande y se puede emancipar en cualquier momento de sus padres… 

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