Mediante una sentencia el Tribunal Administrativo del Cauca revocó la suspensión del sistema Venom y solicitó una serie de protocolos por parte del Esmad para la utilización del arma.
En el fallo, se indica que el operador de dicho dispositivo debe ser una persona capacitada no solo en el uso de este artefacto sino también en derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario, DIH.
Dentro de la sentencia, también se pidió que el Venom sea utilizado en última instancia, pues antes se deberán usar otros elementos. Durante el uso de este, deberá quedar un registro audiovisual para que en el momento de un proceso judicial o disciplinario quede evidencia de cómo se utilizó.
El arma podrá ser usada únicamente si se utiliza el trípode elaborado por la empresa que diseñó el mismo dispositivo y deberá informarse de su uso siempre al Puesto de Mando Unificado.